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ABASTECIMIENTO La CHT autoriza el aprovechar aguas subterráneas para la urbanización Navahonda.
La comunidad de propietarios de los chalés ubicados en la localidad de Navahondilla, dispondrán de agua para el riego de sus jardines. La Confederación Hidrográfica del Tajo ha anunciado la concesión a la Comunidad de Propietarios de Navahonda del aprovechamiento de aguas subterráneas. Se trata de una de las urbanizaciones con que cuenta la localidad de Navahondilla. Según publicó ayer el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, la Confederación Hidrográfica del Tajo ha concedido aguas subterráneas a los propietarios de Navahonda, con dos aprovechamientos en la margen izquierda del arroyo de la Avellaneda.
Este caudal será destinado al riego por aspersión de 1,5 hectáreas de jardines de la urbanización Navahonda.
Según el alcalde de Navahondilla, localidad de la que depende esta urbanización, Heliodoro Iglesias, la misma «cuenta con un número de unos 166 chalés» y «son de diez a doce personas las que viven a diario en la misma, aunque sobre todo los fines de semana y en fechas puntuales, es cuando la urbanización registra una mayor ocupación».
El municipio de Navahondilla cuenta además con otras tres urbanizaciones como es el caso de Navapark, Pinar del Valle y Aleguillas, esta última «casi integrada ya en esta localidad». Junto con la urbanización Navahonda, el Ayuntamiento de Navahondilla llega a contabilizar la cantidad aproximada de unos 740 chalés.
La cantidad de agua máximo aprovechable que la Confederación Hidrográfica del Tajo ha concedido a Navahonda es de 0,9 litros por segundo de aguas subterráneas que se derivará a dos sondeos situados en la margen izquierda del arroyo de Avellaneda con destino al riego por aspersión. Ambos sondeos contarán con un volumen máximo anual de 4.200 metros cúbicos y el periodo de concesión será de un plazo máximo de 25 años. Además, la potencia del motor instalado para la elevación de cada uno de los sondeos no excederá de 2,208 kilovatios.
Del mismo modo, «el agua que se concede queda adscrita a la finalidad para que se otorga, quedando prohibida su enajenación, cesión o arriendo, salvo que se realice según lo establecido» en el Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, de la Ley de Aguas.
Según la Confederación Hidrográfica del Tajo, las obras se iniciarán en un plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta concesión y deberán finalizarse en el plazo de seis meses a partir de la misma fecha.
Además, «el titular del aprovechamiento queda obligado, en el mismo plazo para la terminación de las obras, a construir un módulo que limite el caudal utilizado a los valores de la concesión y / o a instalar un contador volumétrico en la tubería o tuberías de impulsión» para estos fines. FUENTE: Diario de Ávila
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