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LABORAL Trabajo sanciona a la empresa cuyo operario murió en Navaluenga
La inspección de Trabajo y Seguridad Social de Ávila propone que la empresa Construcciones Peñaltar tenga un recargo de prestaciones y sufrague parte de la pensión de viudedad. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social extendió un «acta de infracción y propuesta de recargo en prestaciones por falta de medidas de seguridad» a la empresa Construcciones Peñaltar S.L., tras el accidente que costó la vida a uno de sus trabajadores. Esto significa que la empresa tendrá que pagar una multa pero, además, el Ministerio de Trabajo propuso «un incremento económico para la pensión de viudedad», lo que se traduce en que, como se llegó a la conclusión de que la muerte del trabajador hubiera podido evitarse de haberse adoptado las medidas preventivas pertinentes, la empresa tendrá que completar la pensión de viudedad. Según declaró Antonio Luna, representante de la Federación Provincial de Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras, ésta es «una medida muy buena» porque la pensión de viudedad se incrementa pero ese aumento no lo paga el Estado sino la empresa multada.
Denuncia de CCOO. El accidente tuvo lugar el 28 de junio cuando J.R.R., de la empresa Construcciones Peñaltar S.L. fallecía como consecuencia del traumatismo producido tras caerse de un andamio siete días antes. En ese momento, eloperario realizaba su trabajo en la residencia de Ancianos ‘Aires de Gredos’, en Navaluenga.
Comisiones obreras denunció ante las autoridades locales la sospecha «de que los procedimientos de trabajo no estuvieran ajustados al reglamento de seguridad en trabajos temporales de altura».
En la denuncia presentada por Comisiones Obreras se indica que tras una visita realizada por los técnicos de este sindicato y UGT de Ávila no se puede entender «la razón por la que el trabajador realizaba él solo el desmontaje de una andamiada y sus respectivas plataformas siendo una tarea que debe realizarse, al menos, entre dos personas dado que son trabajos que exigen reparto de cargas, estabilidad y equilibrio y cuyo procedimiento debiera estar contemplado en el Plan de prevención». Además, se solicita la constancia de que al trabajador se le hubiera practicado los reconocimientos médicos necesarios.
La Inspección de Trabajo, una vez comprobados los hechos denunciados», extendió el acta de infracción en la que se indica el «incumplimiento» de las disposiciones mínimas «de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de equipos de trabajo». FUENTE: Diario de Ávila
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