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La cigüeña negra cuenta con once nuevas zonas de de protección en Ávila.
La consejería de Medio Ambiente cataloga 27 zonas de Castilla y León como áreas críticas para la conservación de esta esquiva ave, que se encuentra en peligro de extinción.
La consejería establece en una orden publicada esta semana en el Boletín Oficial de Castilla y León, 11 áreas en Ávila, 10 en Salamanca y otras 5 en la provincia de Segovia.
La Consejería de Medio Ambiente ha declarado a once zonas de la provincia de Ávila, como áreas críticas para la conservación de la cigüeñas negra. En toda la comunidad autónoma se extiende a un total de 27, que afecta también a las provincias de Salamanca y Segovia.
Se trata de uno de los principales reductos para poder conservar esta especie esquiva que se encuentra en peligro de extinción.
El Boletín Oficial de Castilla y León publicaba la pasada semana una orden de la Consejería de Medio Ambiente por la que se declaraba 27 áreas críticas para la conservación de esta especie en la provincias mencionadas. En este sentido se consideran áreas críticas los “sectores que contengan hábitats vitales para la cigüeña negra o que, por su situación estratégica, hagan necesario su adecuado mantenimiento” y, como tales, serán incluidas en el Inventario de Habitats de Protección especial. En concreto, se establecen 11 nuevas áreas de protección en Ávila, 10 en Salamanca y 5 en Segovia.
El Área primera de la provincia de Ávila afecta al Pinar de Adanero, que abarca los límites del Monte de Utilidad pública nº 24, en el término municipal de Adanero y a los municipios segovianos de Santa María la Real de Nieva y Muñopedro . El area 2 afecta al tramo del río Voltoya comprendido entre el cruce con la A-& (Puente de Almarza) hasta su entrada en la provincia de Segovia (termino municipal de Muñopedro).
Area 3, Campo Azalvaro: Comprende una franja de 300 metros de anchura, medida sobre la línea de máxima avenida del río Voltoya, a partir de donde continúa por ambas márgenes del embalse, medidos sobre la cota máxima de inundación, hasta las colas delos ríos subsidiarios, Voltoya y Tuerto. Remonta ambos ríos incluyebdo una franja de 500 metros de anchura, medida sobre la línea de máxima avenida, que se reduce a 200 metros a partir de 2500 metros de su confluencia, continuando las dos franjas de 200 metros hasta el límite de la provincia de Segovia, en el términ de Villacastín.
Area 4: Río Gaznata: El límite parte del puente de la carretera local que une San Bartolomé de Pinares y el Herredón continúa por dicha carretera en dirección a san Bartolomé de Pinares hasta la intersección con la línea paralela al margen izquierdo del río Gaznata, situado a 250 metros, medidos sobre la línea máxima avenida, sigue por esta línea hasta el límite entre los términos municipales de El Barraco y Cebreros. Continúa después también por una zona hasta llegar a una parte de el pantano de El Burguillo, afectando también al término de Santa Cruz de Pinares.
Area 5. Tierra de Pinares. Comprende un área cuyo límite este lo constituye la divisoria provincial con Madrid, desde la carretera C-507, en el término municipal de Las Navas del Márques. Pero afecta también a los términos municipales de Cebreros, El Hoyo de Pinares, San Bartolomé de Pinares y Navalperal de Pinares.
Área 6. Curos Alto del Tiétar. Parte del punto de intersección en tre el límite provincial de Ávila y Toledo y el límite provincial entre Casavieja y Piedralaves y otros terminos municipales como La Adrada.
Área 7. La Pinosa. Comparte la parte del Monte de Utilidad Pública nº13 del término de Mijares.
Área 8. Curso Medio del Tiétar. Parte del punto en que el río Tiétar sirve de límite entre Ávila y Toledo, en el término de Mijares. Pero llega también alos términos municipales de Gavilanes, Pedro Bernardo, Lanzahíta, Santa Cruz del Valle, Arenas de San Pedro, y Mombeltrán, Guisando.
Área 9. Embalse del Rosarito: Comprende una franja de protección de 250 metros medidos sobre la cota máxima de inundación de la margen derecha del embalse del Rosarito, desde la desembocadura del río Arbillas, hasta la desembocadura del arroyo Candelillas, en el término de Candeleda y continúa hasta la Garganta de Chilla, y por ésta hasta la desem,bocadura en la garganta de Alardos, por la que se amplía a 3 kilómetros río arriba, con una banda de protección en la margen izquierda de 250 metros.
Área 10. Hontanares y Casa de Gata: Abarca la mancha de bosque mediterráneo, en los términos de Mombletrán (Casa de Gata) y Arenas de San Pedro, delimitada al nortepor la carretera C-501, desde el puente del río Arenal hasta el cruce del arroyo Valtravieso, en el término de Guisando, para continuar por su cauce hacia el sur hasta cruzar la pista que une Candeleda con Arenas de San Pedro, hasta el paraje de la ermita de los Llanos, donde cruza el río Arenal, remontando su cauce hasta la intersección con la C-501.
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